¿Cómo acogerse al SII de forma voluntaria?
Para optar por el SII de manera voluntaria, es necesario presentar el modelo 036 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, indicando en las casillas correspondientes que se desea acogerse al sistema. Las casillas que hay que marcar son las casillas 143 y 532. La casilla 143 se utiliza para comunicar la opción o renuncia a llevar los libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Mientras que la casilla 532 se marca para ejercer la opción de llevar los libros de registro de IVA mediante el SII.
La opción surtirá efecto desde el primer día del período de liquidación en que se haya ejercido dicha opción. Por ejemplo, si se presenta el modelo 036 el 10 de febrero, la inclusión en el SII será efectiva desde el 1 de abril del mismo año. Es importante destacar que, una vez adoptado el SII de forma voluntaria, se debe permanecer en este sistema durante al menos un año natural. Es decir, si una empresa quiere adherirse voluntariamente al SII y presenta la solicitud el 15 de mayo, quedará incluida en el sistema desde el 1 de Julio.
Resumen de casillas
- Casilla 143: Opción o renuncia al SII:Esta casilla sirve para comunicar a la Agencia Tributaria que opta o renuncia al sistema de gestión electrónica de los libros de registro del IVA a través del SII.
- Casilla 532: Alta voluntaria en el SII: Esta casilla debe marcarse cuando una empresa decide acogerse voluntariamente al SII para llevar los libros de registro del IVA electrónicamente. Comunicas tu alta voluntaria en el SII. Debe acompañarse de la casilla 143.
- Casilla 737: Renuncia a seguir en el SII Se utiliza para comunicar la renuncia al SII una vez ha pasado el año natural obligatorio de permanencia. Si ya estabas acogido al SII y decides salir del sistema, debes marcar esta casilla (junto con la 143).
- Casilla 738: Fecha de efectos de alta o baja en el SII. Aquí se debe indicar la fecha exacta a partir de la cual deseas que tenga efecto tu opción o renuncia al SII.
Ejemplo de Alta Voluntaria
Una empresa que no está obligada al SII (porque no supera los 6 millones de euros en facturación) decide acogerse voluntariamente al sistema. Presenta el modelo 036 el 15 de noviembre de 2025 y quiere que la inclusión sea efectiva a partir del 1 de enero de 2026.
La casilla 143: Marcar como “Opción”. Es decir, indicar que se acoge voluntariamente al SII.
En la casilla 532: Marcar para indicar que opta por llevar los libros registro del IVA mediante el Suministro Inmediato de Información.
Casilla 737: No se marca. Solo se usa para comunicar la renuncia.
Finalmente, en la casilla 738: Indicar la fecha de efectos: 01/01/2026. Porque la opción se ejercita en noviembre y el efecto comienza el primer día del siguiente año natural).
¿Cómo renunciar al SII?
Una empresa que se haya acogido al SII puede renunciar al mismo, pero tiene que tener en cuenta dos consideraciones. Deberá cumplir con el suministro de los registros de facturación durante al menos el año natural para el que se ejercitó la opción. Posteriormente, para renunciar, deberá presentar una declaración censal modelo 036 en el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto la renuncia. Deberás marcar la casilla 143 y especificar la renuncia en la casilla 737 de este modelo, detallando a continuación la fecha en la casilla 738. Ten en cuenta que si te pasas del mes de noviembre, la renuncia no será válida para el año siguiente. Así que te recomendamos que lo hagas con la suficiente antelación.
Ejemplo baja voluntaria
La misma empresa quiere renunciar al SII después de haber estado en él al menos un año. Presenta el modelo 036 el 10 de noviembre de 2026 y desea salir del SII a partir del 1 de enero de 2027.
- Casilla 143: Marcar como “Renuncia”.
- Casilla 532: No se marca (solo se usa para nuevas altas voluntarias).
- Casilla 737: Se marca para indicar que se renuncia a la llevar los libros de registros por el SII.
- Casilla 738: Indicar la fecha de efectos: 01/01/2027
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