¿Cómo calcular el impuesto sobre sociedades?
Primeramente, hay que saber que el impuesto sobre sociedades se encuentra regulado en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre. Y en resumen, es el tributo que graba las ganancias de las personas jurídicas contempladas en dicha ley. Es un impuesto anual y es necesario que la contabilidad esté finalizada para que a la hora de calcular el impuesto sobre sociedades resulte el cálculo definitivo.
Para poder calcular el impuesto sobre sociedades hay que tener en cuenta los siguientes conceptos:
- La base imponible
- El tipo impositivo
- Cuota íntegra
- Deducciones y bonificaciones
- Y la cuota líquida
La base imponible del impuesto sobre sociedades
Se obtiene cuando se resta los ingresos los gastos deducibles. Posteriormente, obtendremos el resultado contable que habrá que reajustar y corregir atendiendo a las normas tributarias. Ya que, no tiene por qué coincidir el resultado contable con el resultado fiscal porque las posibilidades y la forma de aplicar o deducir un gasto es distinto. A modo de ejemplo, en contabilidad se puede deducir los gastos de una multa de tráfico, pero a nivel fiscal no. Por ello hay que ajustar esta diferencia. Hay dos tipos de diferencias, las:
- Permanentes: cuando un gasto no es deducible. Como son las multas, donativos.
- Temporarias: tanto en contabilidad como en fiscal son deducibles pero en períodos distintos. La amortización de un activo sería un ejemplo.
En conclusión, al resultado contable le sumaremos o restaremos las diferencias permanentes o temporales según resulte. Y seguidamente, se aplicará las compensaciones negativas que hayan quedado pendientes en ejercicios anteriores cuando haya la posibilidad. Como resultado dará lugar a la base imponible que necesitaremos para calcular el impuesto sobre sociedades.
El tipo impositivo
El tipo impositivo es el % que hay que aplicar a la base imponible. Por supuesto, varía según las características de la empresa y el resultado contable. En España, existen tipos generales y reducidos para determinadas situaciones, como empresas emergentes o cooperativas. Podemos observar en la tabla que el tipo General es del 23% hasta 1.000.000 euros, si es más será del 25%. El gravamen reducido es del 15% para empresas emergentes o de nueva creación cuando la base imponible sea inferior a 300.000 euros.
Resumen de tipo impositivo
Tipo de sociedad | Cifra de ventas (€) | Base Imponible (€) | Tipo de gravamen |
General | Hasta 1.000.000 | – | 23% |
General | Más de 1.000.000 | – | 25% |
Emergentes (startups) | Indiferente | – | 15% |
Nueva creación | Indiferente | 0 a 300.0000 | 15% |
Nueva creación | Indiferente | Más de 300.000 | 20% |
Patrimonial | Indiferente | – | 25% |
Cooperativas fiscalmente protegidas | Indiferente | – | 20% |
Entidades sin fines lucrativos | Indiferente | – | 10% |
Sociedades y fondos de inversión y fondos de activos bancarios | Indiferente | – | 1% |
Entidades de crédito | Indiferente | – | 30% |
Cuota íntegra del impuesto
Se obtiene cuando se multiplica la base imponible por el tipo impositivo que le corresponda según hemos explicado anteriormente.
Deducciones y bonificaciones sobre el impuesto sobre sociedades
Se restan las deducciones y de igual manera se aplican las bonificaciones, por supuesto, solo a las que la empresa tenga derecho.
- Deducciones del impuesto sobre sociedades:
-
- Deducción por contratación de empleados con discapacidad
- Deducción por contratación de desempleados de larga duración
- Inversión en placas solares (inversión en I+D)
- Libertad de amortización en inversiones de energías renovables
- Deducciones por Inversión en vehículos eléctricos
- Deducción por libre amortización en función del incremento de la plantilla media
- Reducción por reserva de nivelación
- Reducción por reserva de capitalización
- Deducción por inversión en producciones cinematográficas
-
Calcular la cuota líquida
Luego hay que deducir las retenciones y pagos a cuenta del impuesto sobre sociedades que dará como resultado la cuota líquida. Por consiguiente, la cuota líquida es la cantidad final a pagar del impuesto sobre sociedades, obtenida tras restar las deducciones de la cuota íntegra. El resultado del impuesto sobre sociedades podrá ser positivo o al contrario negativo.
- Positivo: nos tocará pagar Hacienda.
- Negativo: por el contrario, nos ingresará Hacienda. O lo que es lo mismo nos abonará hacienda la cantidad resultante.
Modelo 200 documentos de ingreso o devolver
Por último, haremos mención del formulario del impuesto sobre sociedades que claramente se divide en once apartados. Es el modelo fiscal 200 de la agencia tributaria. Los apartados que hay que rellenar en el impuesto sobre sociedades finalmente son los siguientes:
- Identificación.
- Devengo.
- Liquidación
- Devolución
- Ingreso
- Abono/ Compensación
- Cuota cero
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