Compliance Penal · Prevención de delitos
El compliance penal que protege a tu empresa antes de que llame el juez, no después.
Desde 2010, una sociedad puede ser condenada penalmente por los delitos cometidos en su beneficio: el artículo 31 bis del Código Penal hace responder a la empresa, no solo a las personas. El compliance penal es lo único que puede evitarlo o atenuarlo: un modelo de prevención de delitos real, no un manual de cajón. Lo diseñamos y lo sostenemos abogados colegiados ICAB con más de dos décadas de criterio en sede judicial —los que han visto, peritando, cómo acaba una empresa sin él.
Por qué un delito ajeno puede acabar en tu sociedad
Tres razones por las que tu empresa ya necesita un modelo de prevención de delitos
Para el administrador y el CEO que entienden que el riesgo penal de la empresa no depende solo de lo que ellos hagan, sino de lo que haga cualquiera dentro de la organización.
La empresa responde penalmente, no solo las personas
El artículo 31 bis del Código Penal hace que la persona jurídica sea condenada por delitos cometidos en su nombre o beneficio: multas millonarias, veto para acceder a contratos y subvenciones públicas, incluso la disolución. El daño no es de un directivo: es de la sociedad entera.
El riesgo entra por donde no miras
Un pago para acelerar una licencia, un dato tratado sin control, una factura irregular de un comercial, un vertido de un proveedor. Fraude, cohecho, blanqueo, delitos fiscales o contra el medio ambiente: la mayoría de imputaciones a empresas nacen de una conducta que la dirección ni siquiera vio venir.
Sin un modelo eficaz, no hay defensa
La ley premia a la empresa que se organizó para prevenir: un modelo de prevención de delitos idóneo y vigilado exime o atenúa la responsabilidad penal. Sin él, la sociedad llega al procedimiento desnuda —y el administrador, expuesto en lo personal.
Por qué el compliance penal no es un trámite
Un modelo de compliance penal comprado por PDF no defiende a nadie: el juez mira si funcionaba de verdad. La diferencia entre exonerar a la empresa y verla condenada no está en tener el documento, sino en que alguien lo diseñó para tu riesgo real y lo mantuvo vivo.
Dos formas de blindar tu empresa
Construimos el modelo, o defendemos cuando ya ha pasado
Diseño e implantación del modelo de prevención de delitos
Levantamos el compliance penal de tu sociedad a la medida de su actividad y sus riesgos reales, no una plantilla.
- Mapa de riesgos penales por área, actividad y proceso de decisión.
- Protocolos, controles y canal de denuncias que hacen el modelo verificable.
- Órgano de cumplimiento y política disciplinaria con rastro documental.
- Encaje con tu gobierno corporativo y con la auditoría de riesgos y control interno.
Para la empresa que quiere prevenir el delito y poder demostrar, el día que haga falta, que se organizó para evitarlo.
Diseñar mi modelo de prevenciónDefensa penal corporativa y actualización del modelo
Cuando el riesgo ya se ha materializado —o cuando el modelo ha quedado obsoleto—, la empresa necesita criterio penal, no papeleo.
- Defensa de la persona jurídica en el procedimiento penal, con la dirección letrada de abogados de empresa.
- Revisión y actualización del modelo tras cambios de actividad, ley o estructura.
- Investigaciones internas y formación del órgano de cumplimiento.
- Acreditación de la idoneidad del modelo como eximente o atenuante.
Para el consejo que ya tiene un frente abierto, o que sabe que su modelo lleva años sin tocarse.
Revisar mi exposición penalEl vocabulario del riesgo penal
El idioma del compliance penal que un CEO debería poder leer
Compliance penal
Conjunto de medidas de organización y control que una empresa adopta para prevenir que se cometan delitos en su seno y, si ocurren, poder demostrar que hizo lo debido. Es la respuesta a la responsabilidad penal de la persona jurídica.
Responsabilidad penal de la persona jurídica
Regla del artículo 31 bis del Código Penal por la que la sociedad —no solo sus directivos— puede ser condenada por delitos cometidos en su beneficio. Abre penas de multa, inhabilitación e incluso disolución.
Modelo de prevención de delitos
Sistema de riesgos, protocolos y controles —también llamado plan de prevención de delitos— que, si es idóneo y se vigila, exime o atenúa la responsabilidad penal de la empresa. Su valor está en funcionar, no en existir.
Órgano de cumplimiento
Función con poderes autónomos que supervisa el funcionamiento del modelo y vela por su cumplimiento normativo. Su independencia y sus medios son justo lo que el juez examina para creer que el modelo era real.
Mapa de riesgos penales
Análisis que identifica qué delitos puede cometer la empresa por su actividad concreta y dónde. Es el cimiento del modelo: sin él, los controles apuntan a riesgos que no existen y dejan fuera los que sí.
Eximente y atenuante
Efectos que la ley reconoce a la empresa con un modelo de prevención eficaz: la exención completa de responsabilidad si el modelo era idóneo, o su atenuación si operó parcialmente. Es el retorno tangible del compliance penal.
Preguntas frecuentes
Compliance penal: lo que pregunta un CEO
Una última cosa
El compliance penal no se compra el día que llega la citación. Ese día, o ya lo tenías, o ya es tarde.
Llevamos más de dos décadas, desde nuestro despacho en Barcelona, dentro de las decisiones de empresas como la tuya —y muchas veces peritando en sede judicial cuando una de esas decisiones había acabado en un procedimiento penal—. Esa experiencia enseña algo simple: casi todas las condenas a una empresa se veían venir, y casi todas se habrían evitado con un modelo que alguien se tomó en serio antes.
Eso es lo que hacemos por ti. Mientras tú diriges la empresa, mapeamos su riesgo penal real, levantamos el modelo que lo contiene y dejamos por escrito que la sociedad se organizó para prevenir. Mientras tú creces, nosotros blindamos.
Si tu empresa ha llegado al punto en que un delito ajeno te puede costar la compañía, hablemos.
Sesión de 45 minutos con los socios · 100 € IVA incluido · presencial u online. Si tras la sesión no somos la firma adecuada, te lo diremos.