+34 93 494 15 87

El Registro Retributivo. Concepto, requisitos y detalles

El Registro Retributivo debe actualizarse durante 2025 para mostrar todos los detalles sobre los salarios de 2024.
Tanto si conocías este dato como si no, debes saber que esto es obligatorio para todas las empresas con independencia de su tamaño, y que su objetivo es garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres.

Qué es el Registro Retributivo

Es un documento que tiene que incluir toda la información sobre los salarios de la empresa, y presentar las retribuciones detalladas y según el sexo de los integrantes de la plantilla.
También se incluyen los salarios percibidos por directivos o altos cargos.

En general, el Registro debe incluir los ingresos percibidos en concepto de salario entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
Pero en caso de modificaciones sustanciales de los salarios, el Registro debe renovarse aunque no haya llegado a transcurrir el año natural completo.

Se puede consultar su regulación en el Real Decreto 902/2020

Su objetivo es asegurar la equidad y transparencia en las remuneraciones de las empresas a sus trabajadores.

Requisitos del Registro Retributivo

En el registro se deben incluir varios elementos:

> Salario base anual y brecha de género por este concepto
> Salario total anual y brecha de género por tal concepto
> Percepciones extrasalariales y brecha de género por ese concepto
> Complementos salariales y brecha de género por el concepto
> Remuneraciones por horas extraordinarias y complementarias y brecha de género por ambos conceptos

Toda la información requerida debe especificarse por sexo, teniendo en cuenta la naturaleza de la retribución, esto es, salario base, horas extraordinarias, etc.

Si es detectada alguna anomalía en cuanto a la retribución igualitaria, es la empresa quien debe corregir la situación y detallar en el registro las medidas que aplicará.
En el caso de que la empresa tenga más de 50 trabajadores y se detecte una diferencia media del 25 % o mayor entre salarios de hombre y mujeres, hay que justificar que no es debida al género.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio tener el Registro Retributivo?

Desde el 14 de abril de 2021.
Durante 2025, todas las empresas tienen la obligación de realizar una actualización y disponer de un Registro Retributivo con las retribuciones de la plantilla en 2024.

¿Qué es el Principio de Transparencia Retributiva?

El artículo 3 del RD dice que son los convenios colectivos quienes deben aplicar el principio.
Esto se hará mediante la información sobre las retribuciones de los trabajadores, detallando qué elementos las componen.
La finalidad del principio es detectar y desterrar las posibles discriminaciones.
Su existencia se comprueba cuando no hay justificación para la diferenciación entre salarios dependiendo del sexo.

¿Qué se entiende por un trabajo de igual valor?

Lo define el artículo 4 del Real Decreto.
Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las tareas encomendadas, las condiciones profesionales o de formación exigidas para su ejercicio y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo, sean equivalentes.

Los procesos de selección deben realizarse de acuerdo con el principio de igualdad.
Tampoco deberá existir discriminación por razón de sexo, fomentando el principio de transparencia retributiva, que hemos visto antes.

¿Qué empresas están obligadas a realizar el Registro Retributivo?

Muy fácil: todas. Lo dice el artículo 5 del Real Decreto.
El Registro es obligatorio aunque solo haya una persona en plantilla.
A pesar del tiempo pasado desde la publicación del Real Decreto, la inspección de Trabajo lleva mucho advirtiendo de que existen aún gran cantidad de autónomos y empresas que desconocen la obligatoriedad de presentar el registro.

Y también nos recuerdan que no contar con el registro acarrea sanción.

¿Es obligatorio también si todos en plantilla son del mismo sexo?

Da lo mismo. La norma lo extendió a todas las empresas y no distingue más.
Además, con esta iniciativa se visualizan este tipo de situaciones para que las empresas tomen conciencia de que su plantilla está formada por personas del mismo sexo.
Así, poco a poco deberían ir integrando personas del sexo opuesto.
Al menos, esa es la idea.

Sanciones

Las empresas que no creen un Registro Retributivo o falseen el que tienen, serán sancionadas según la gravedad de los supuestos, según el régimen de sanciones de la LISOS.

Las sanciones son variables según el tamaño de la empresa y de que exista o no desigualdad en ella.
Por ejemplo, dos empleados realizan la misma labor y uno de ellos recibe distinto salario a su compañera/o.

El marco sancionador de la LISOS 20/2021, establece una tabla de sanciones en función de la infracción cometida:

.- Leves, entre 70 y 750 euros
.- Graves, que serían multadas con entre 751 y 7.500 €
.- Las multas por infracciones muy graves varían entre 7.501 y 225.018 euros.

El modelo de Registro Retributivo del Ministerio de Igualdad

Si tu programa de nóminas no tiene la función de crear el registro, puedes elaborarlo en un modelo creado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, y el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad.

Se puede implementar el modelo en un fichero excel, en el que se van recabando los conceptos que exige el Registro.
Una vez introducidos en la tabla, esta hace los cálculos para el análisis.

Los importes deben desglosarse por sexo, categorías o grupos profesionales o por el medio de clasificación profesional que utilice la empresa.

El registro retributivo deberá incluir la disociación por sexo de los promedios, así como todos los conceptos que se consideren salario.

Aunque el plazo base para establecer el Registro es de un año, este se puede cambiar en caso de alteración sustancial de alguno de sus elementos.

Y es sustancial si,

tiene carácter colectivo,
afecta a toda la plantilla, o
alcanza a la política retributiva de la empresa.

Si tienes alguna duda sobre este tema, sabes que puedes acudir a la Asesoría aybe, de donde saldrás con ella resuelta tras consultar con uno de nuestros profesionales.

BLOG

Haz clic y visita nuestras publicaciones

CANAL WHATSAPP

Haz clic y únete gratis a las novedades del canal de WhatsApp