Jubilación Activa: Jubilarte, cobrar la pensión y seguir trabajando.

Pedro Correa Ferrer

Abogado. Máster en administración y dirección de empresas. Ingeniero. Especialista en transformación digital.

11 Oct, 2022

Jubilación Activa: Jubilarte, cobrar la pensión y seguir trabajando.

Por mucho que todo el mundo te diga que descanses y que ha llegado el momento de hacer todas esas cosas que nunca tuviste tiempo de hacer, decides seguir manteniendo aquello de lo que te sientes orgulloso.

Ahora que se acerca tu edad de jubilación, quieres seguir siendo aquello por lo que luchaste en convertirte, un profesional y/o un emprendedor, que lo ha dado todo por ser mejor cada día.

Amas tanto tu profesión o tu negocio que no puedes separarte de ello, no eres capaz de hacerlo, y es ahora que se acerca tu edad de jubilación de 65 a 67 años, cúando te haces la pregunta del millón:

 

¿Puedo cobrar la pensión de jubilación y continuar trabajando?

La respuesta es que SÍ que puedes con lo que actualmente conocemos cómo Jubilación Activa, dónde el disfrute de tu pensión de jubilación en su modalidad contributiva, será compatible con la realización de cualquier trabajo que realices por cuenta ajena o por cuenta propia ya en tu situación de “pensionista”, con algunas de las carácteristicas y condiciones descritas en el art. 214 de la LGSS que te expongo a continuación:

  1. Tendrás acceso a la pensión al menos un año después de haber cumplido la edad establecida de jubilación, (65 o 67 años), sin que se pueda aplicar ningún beneficio o bonificación que permita disfrutar de la pensión antes de cumplir dichas edades.
  1. Tu porcentaje resultante a aplicar a la respectiva base reguladora que determina el importe de la pensión que cobrarás tiene que alcanzar el 100%, esto quiere decir, que tendrás que haber cotizado el máximo de años exigidos según tu edad y fecha de jubilación, unos 35 – 37 años, según tu caso y la legislación vigente, y conforme a la tabla del periódo de aplicación que te corresponde:

porcentaje jubilacion años cotizados

  1. Podrás cobrar la pensión y trabajar por cuenta ajena, a jornada completa o parcial o cómo autónomo por cuenta propia.
  1. Cuando estes jubilado y trabajando al mismo tiempo, la regla general es que el importe que recibirás de tu pensión de jubilación será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial de tu pensión.
  1. Hay una excepción, y es que si la actividad la realizas cómo autónomo (por cuenta propia) y puedes demostrar que tienes contratado al menos a un trabajador, te pagarán el 100 % de tu pensión, aunque estés trabajando.
  1. En el caso de que estés trabajando en el sector público, no será compatible tu trabajo con la percepción de la pensión de jubilación.

Respecto a la cotización pagarás un porcentaje más bien solidario que contributivo de solo el 9%.

 

¿Pagaré más impuestos con la jubilación activa?

Obviamente pagarás más impuestos puesto que pasarás a cobrar dos retribuciones a la vez, la de tu jubilación activa y la de tu rendimiento profesional o trabajo, y por tanto tu renta aumentará considerablemente, y pagarás más IRPF.

Tienes que tener en cuenta que el impuesto de IRPF es «progresivo» y por tanto has de verificar si te resulta más rentable constituir una sociedad y pagar el Impuesto de Sociedades sin trabajar o trabajando en dicha sociedad, o si no te resulta rentable constituir una sociedad, y te renta más ejercer tu jubilación activa trabajando cómo autónomo o constituir una sociedad siendo empleado en tu propia sociedad y/o poniendo de empleados a otras personas.

No todos los casos son iguales, pues en ocasiones hay profesionales y actividades especiales que tienen excepciones y trato diferente, cómo puede ser un actividad artística o los rendimientos derivados de tu propiedad intelectual, o una determinada profesión cómo la de abogado que permite alternativas al RETA cómo las mutualidades.

Por todos estos aspectos nuestra recomendación es que pidas un informe y estudio detallado a un asesor profesional sobre tu situación personal, empresarial y fiscal, a fin de que tomes la decisión y estructura rentable para ejercer tus actividades.

En AYBE te podemos ayudar a que tomes la decisión de jubilación activa, más legal y favorable para ti, ponte en contacto con nosotros y estaremos encantados de ayudarte a escoger la solución óptima.

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