La jubilación activa es una modalidad que permite combinar el cobro de una pensión con la posibilidad de seguir trabajando.
Tanto a tiempo parcial como total y sea por cuenta propia o ajena.
Este 1 de abril han entrado en vigor las medidas para la mejora de la compatibilidad de pensión y trabajo.
Fueron aprobadas en un Real Decreto Ley a finales de diciembre y con ellas se busca abrir nuevas opciones para el trabajador a la hora de jubilarse.
La jubilación activa
Una Encuesta de Población Activa de 2023 publicaba unos datos significativos: tras alcanzar la edad legal ordinaria de jubilación, solo el 5% de los jubilados seguía trabajando tras los primeros seis meses.
Eso traía aún más problemas al precario sistema español de pensiones y parece una de las razones por las que el Gobierno ha decidido dar otras opciones a personas en esa situación.
Requisitos para el acceso a la nueva jubilación
Los básicos son estos:
.- que haya pasado un año desde que se cumplió la edad de jubilación.
En 2025 es de 65 años, pero siempre que se hayan cotizado 38 años y 3 meses. Si se ha cotizado menos de ese periodo, la edad se establece en 66 años y 10 meses.
.- que haya cotizado los años suficientes para recibir la pensión de jubilación completa.
.- que el trabajo compatible con la pensión, sea realizado en el sector privado.
Aspectos importantes del nuevo acuerdo
Según fuentes ministeriales, lo que se pretende es conseguir un cambio “más gradual y adaptado a las circunstancias de cada persona”.
O sea, que se establece un marco para que quienes estén en edad de jubilación retrasen el paso a esta, premiándoles con un porcentaje mayor de pensión según el tiempo que pase.
Lo primero que se ha hecho es eliminar el requisito de la carrera completa de cotización para poder acceder a la esta modalidad.
Además, aparecen nuevos porcentajes por la demora en jubilarse y el cobro de la pensión se incrementará en función del tiempo que dure esa demora.
Así, el primer año de demora se podrá cobrar el 45% de la pensión.
El segundo, el 55.
65% de pensión por 3 años de demora.
En el cuarto se cobra el 80.
Y en el quinto se llega al 100%
Bonificación de cuotas
Los trabajadores en situación de jubilación activa tienen otra ventaja añadida.
Y es que tendrán una bonificación de cuotas al cesar su aportación por contingencias comunes, esto es, las que pagan las pensiones.
Los autónomos cotizan por incapacidad temporal y accidentes de trabajo, más o menos un 4,5%.
Además, para el 2025 se ha establecido una cuota solidaria del 9%.
De forma parecida, a los asalariados se les descuenta de la nómina ese mismo porcentaje por solidaridad.
La jubilación activa para los autónomos
En el caso de los autónomos, esta modalidad les permite continuar con su actividad profesional a la vez que cobran una pensión.
Pero los requisitos se han suavizado en algunos puntos si los comparamos con los exigidos antes de la entrada en vigor del real Decreto Ley.
Los autónomos que quieran acceder a la jubilación activa, deberán:
.- estar dados de alta en el RETA
.- haber alcanzado la edad de jubilación, que ya hemos comentado anteriormente
.- no haber solicitado la jubilación anticipada
Con las novedades que han entrado en vigor este mes, los autónomos ya no necesitarán haber cotizado 35 años ni tener derecho al 100 % de la base reguladora para acceder a la jubilación activa.
Basta con cumplir con los mismos requisitos exigidos para la jubilación ordinaria.
El cambio supone una gran ayuda para autónomos con carreras laborales irregulares o que comenzaron tardíamente a trabajar por cuenta propia y por tanto no alcanzaban el mínimo de años requerido.
También se elimina la anterior incompatibilidad entre la jubilación activa y los incentivos por jubilación demorada.
Lo que supone que los autónomos que retrasen su jubilación y acumulen bonificaciones, podrán acceder a la jubilación activa sin perderlas.
Alternativas a la jubilación activa
Hay que tener en cuenta el panorama general.
En los últimos años se han ido endureciendo las condiciones de acceso a la jubilación anticipada, tanto por los años de cotización como en cuanto a recortes sobre las pensiones o edades de acceso.
Con estas medidas, las jubilaciones anticipadas han caído por debajo del 30% cuando antes rondaban el cincuenta.
En contraposición, la demora en las jubilaciones ha crecido al doble y ahora rondan el 9%.
De cualquier modo, existen otras posibilidades además de la jubilación activa:
La jubilación parcial, pasando de un contrato a tiempo completo a uno a tiempo parcial.
La jubilación flexible, en la que se compatibiliza el cobro de una pensión con un atrabajo a tiempo parcial.
Hacer compatible el cobro total de la pensión de jubilación con una actividad como autónomo, si no se supera el SMI.
Como siempre y para terminar, recordarte que este artículo pretende informarte de lo básico.
Para cualquier duda o consulta, lo mejor sería que acudieras a Aybe asesoría, para que se contestaran todas tus preguntas de un modo profesional, fiable y detallado.
