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Reducciones fiscales para pymes hasta 2029

 

Reducción fiscal para pymes

Las microempresas y pymes se beneficiarán de una reducción fiscal en el Impuesto de Sociedades hasta 2029. Desde este año, los tipos impositivos se reducirán progresivamente del 23% al 17% entre 2025 y 2029, con algunos colectivos que podrían pagar incluso menos.

Actualmente, existen tres normativas en vigor que regulan estas rebajas fiscales. El Ministerio de Hacienda puso en marcha  hace dos años medidas para reducir la carga fiscal de algunos negocios, que ya se reflejaron en la declaración del Impuesto de Sociedades de 2024 con «vigencia indefinida».

En diciembre, se aprobó en el Congreso de los Diputados una reforma fiscal que reduce todavía más los tipos a pagar por los negocios de menor tamaño y prevé un período transitorio de aplicación hasta el próximo 2027 o incluso 2029, dependiendo del tamaño de la empresa. A día de hoy, con estas leyes en vigor hay 4 grupos distintos de negocios que pueden pagar un tipo inferior al 25%, que es el que correspondería por ley a las empresas en el Impuesto de Sociedades. Por un lado, los startups y negocios de reciente creación pueden aplicar en ciertos casos un 15%. Y ahora, las microempresas y pequeños negocios podrían ir reduciendo en los próximos años los tipos a pagar desde el 23% actual hasta un 17%.

Tipos aplicables en el Impuesto de Sociedades para cada tipo de negocio

La reforma fiscal de 2022 rebajó dos puntos los tipos para empresas con facturación inferior a dos millones de euros, beneficiando a más de medio millón de pymes en la declaración de 2024. Además, la Ley de Startups de 2022 ofrece tipos reducidos del 15% para empresas tecnológicas y emergentes en sus primeros años. En diciembre de 2024, se aprobó la Ley 7/2024 y el Real Decreto Ley 9/2024,  que han introducido la última reforma fiscal que afecta al Impuesto de Sociedades. En este caso se ha establecido un periodo transitorio hasta 2027 para ir reduciendo los tipos impositivos a los negocios que facturan menos de un millón de euros, y hasta 2029 para reducirlos a las pymes que facturan entre uno y diez millones de euros.

Tipos aplicables para pequeños negocios en esta declaración 2025

Para la declaración del Impuesto de Sociedades de 2025 (relativa a 2024), los pequeños negocios con facturación inferior a dos millones de euros podrán aplicar un tipo del 23%, beneficiándose de la reforma fiscal anterior.

Tipos aplicables para microempresas entre 2025 y 2029

En las micropymes, aquellos negocios que facturen menos de un millón de euros. Se establece una reducción gradual de los tipos impositivos en el Impuesto de Sociedades durante los próximos 3 años. Lo que quiere decir, es que en lugar de pagar el tipo actual, los negocios de este tipo irán pagando menos cada año hasta alcanzar el tipo reducido en 2027. Así el año que viene:

  • Por los primeros 50.000 euros, pagarán un 21%.
  • Entre esta cantidad y el millón de euros, las micropymes tributarán al 22%

Rebaja planteada para 2025:

  • 2026 a presentar en 2027: los primeros 50.000 euros tributarán al 19%, y el resto de los ingresos al 21%.
  • 2027 a presentar en 2028: los primeros 50.000 euros tributarán al 17%, y el resto al 20%, siempre que la facturación total del negocio no supere el millón de euros

Por otro lado, aquellas pymes que facturan entre uno y diez millones de euros, se irá viendo durante los próximos años como el tipo impositivo que pagan va reduciendo.

  • 2026: Las pymes pagarán un 23% en el Impuesto de Sociedades
  • 2027: el tipo impositivo para estas sociedades se reducirá al 22%
  • 2028: Los negocios que facturen entre uno y diez millones de euros ese año pagarán un 21% en el Impuesto de Sociedades.
  • 2029: Las pymes pagarán un 20% en el Impuesto de Sociedades, dentro de 5 años.

Tipos aplicables para negocios emergentes o startups

La ley de startups de 2022 amplió la reducción del 15% en el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades para empresas emergentes. Estas empresas podrán tributar al 15% durante el primer periodo impositivo en que tengan una base imponible positiva y en los tres siguientes, es decir, durante un total de cuatro años. Esta medida beneficia a los negocios que cumplan los requisitos para ser considerados empresas emergentes, que deben ser innovadoras y tener un riesgo de fracaso tecnológico o industrial. Así, las startups que obtengan beneficios a partir de 2024 podrán tributar al 15% hasta 2027, siempre que mantengan su condición de empresa emergente.

Requisitos para ser considerada startups

  • Ser de nueva creación o que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil. Este plazo se puede ampliar a 7 años en casos de empresas como energía, industriales, biotecnología.
  • No haber surgido de una operación de fusión
  • Tener sede social o domicilio en España
  • El 60% de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España
  • Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador
  • No distribuir ni haber distribuido dividendos
  • No cotizar en un mercado regulado
  • No podrán acogerse aquellos que no estén a la corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Tipos aplicables para negocios «reciente creación»

La rebaja del 15% en el tipo impositivo se aplica a los negocios de reciente creación durante el primer ejercicio en que obtienen beneficios y el siguiente. El Tribunal Económico-Administrativo Central aclaró que esta reducción solo se aplica a ejercicios consecutivos en los que la empresa haya tenido un resultado positivo, independientemente de si hubo beneficios o pérdidas en el segundo ejercicio.
 
 
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