¿Hacerse autónomo o crear una empresa? La pregunta del millón para todas aquellas personas que están considerando iniciar un negocio. Hay muchos factores que influyen en la decisión. Como puede ser la situación personal de cada uno, el tipo de negocio, el volumen de facturación, el nivel de riesgo, la inversión inicial, etc.
Diferencias más significativas
Algunas de las diferencias más significativas entre ser autónomo o crear una empresa, por ejemplo, una sociedad limitada (SL), son las siguientes:
Naturaleza:
El autónomo es una persona física que realiza una actividad económica por cuenta propia. Y la empresa (SL) es una persona jurídica distinta de los socios que la componen.
Responsabilidad:
En la sociedad limitada, tu patrimonio personal queda protegido porque respondes con el patrimonio del negocio, es decir, solo arriesgan el capital que han invertido en la empresa. Aunque existen algunas excepciones (como, por ejemplo, si cometes actos fraudulentos, o si tienes avales personales y algunas otras causas). En cambio, cuando eres autónomo, tu patrimonio personal responde ante las deudas del negocio con todo su patrimonio, tanto presente como futuro, de las deudas generadas por su actividad económica. Esto significa que, en caso de dificultades financieras, sus bienes personales (casa, coche, ahorros, etc.) pueden ser embargados para saldar las deudas.
Trámites, costos, y obligaciones al ser autónomo o crear una empresa:
Al ser autónomo, los trámites son más sencillos, económicos y ágiles. También hay menos obligaciones contables y fiscales. Por otro lado, el crear una empresa implica trámites más complejos. Elegir un nombre para identificar tu S.L, verificando que no es utilizado por otra sociedad. Realizar gestiones como la escritura pública y el registro mercantil. También hay mayores costes de constitución y gestión, y obligaciones contables y fiscales más extensas.
Financiación:
El autónomo tiene dificultad para acceder a financiación externa; es más restringido, lo que limita la capacidad de inversión. Las empresas tienen una mayor facilidad para obtener financiación.
Imagen de autónomos y empresas:
Los autónomos tienen una imagen menos formal que las empresas. Estas tienen una imagen más profesional y consolidada. Aunque el autónomo da una imagen de cercanía y flexibilidad. Suele asociarse con un trato más personalizado y directo. Se percibe como una opción más flexible y adaptable a las necesidades del cliente. La empresa transmite una imagen de mayor seriedad y confianza. Se percibe como una organización más estructurada y con mayor capacidad para afrontar proyectos complejos. La responsabilidad limitada genera mayor seguridad en clientes y proveedores.
Crecimiento y expansión:
Para el autónomo le puede resultar más difícil el crecimiento, ya que está centrado en su actividad principal de su negocio. Por ello, su crecimiento es más limitado. No obstante, para las empresas ya tiene la estructura para su desarrollo y crecimiento. Es decir, ya tiene una estructura adecuada para el crecimiento y la expansión. Porque facilita la incorporación de socios, la captación de inversión y la contratación de personal, lo que impulsa el crecimiento.
Nivel de beneficios neto:
Es un factor crucial a la hora de decidir entre trabajar como autónomo o crear una empresa.
- Autónomo:
- Los beneficios netos se consideran ingresos personales y se gravan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que es progresivo. Esto significa que cuanto mayores sean tus beneficios, mayor será el porcentaje de impuestos que pagarás. El nuevo sistema de cotización para autónomos desde 2023, establece una cotización en función de los rendimientos netos. Por lo tanto, cuanto mayores sean los rendimientos, mayor será la cuota que deberás abonar.
- Empresa:
- Los beneficios de una empresa se gravan a través del Impuesto de Sociedades, que tiene un tipo fijo. Además, si te asignas un salario como administrador o trabajador de la empresa, ese salario tributará en tu IRPF. Existen deducciones y bonificaciones fiscales que pueden ser aprovechadas por las empresas, reduciendo la carga fiscal.
Obligaciones fiscales al ser autónomo o crear una empresa
Los autónomos tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y las Empresas (SL) tributan en el Impuesto de Sociedades.
Obligaciones fiscales de los autónomos:
- Darte de alta en la seguridad social y en agencia tributaria es obligatorio.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
- Los autónomos tributan en el IRPF, donde sus ingresos se consideran rendimientos de actividades económicas.
- Deben presentar declaraciones trimestrales y una declaración anual.
- Existen diferentes regímenes de tributación: estimación directa (normal o simplificada) y estimación objetiva (módulos).
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
- Los autónomos son sujetos pasivos del IVA y deben presentar declaraciones trimestrales y un resumen anual.
- Deben repercutir el IVA en sus facturas y deducir el IVA soportado en sus gastos.
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Si realizan actividades profesionales, deben practicar retenciones de IRPF a sus clientes y presentar las correspondientes declaraciones.
- También deben declarar las retenciones que les practiquen sus clientes.
- Libros registros:
- Llevar una contabilidad simplificada de ingresos y gastos.
Obligaciones fiscales de las empresas:
- Impuesto de Sociedades (IS):
- Las SL tributan en el IS, donde sus beneficios se gravan a un tipo fijo.
- Deben presentar declaraciones trimestrales y una declaración anual.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
- Al igual que los autónomos, las SL son sujetos pasivos del IVA y deben presentar las mismas declaraciones.
- Si tienen trabajadores: confección de nóminas, y toda la carga del personal y derechos laborales que conlleva.
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Deben practicar retenciones de IRPF a sus trabajadores y profesionales, y presentar las correspondientes declaraciones.
- Obligaciones contables:
- Las SL están obligadas a llevar una contabilidad completa y detallada, que incluye el libro diario, el libro de inventarios y cuentas anuales.
- Deben presentar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil.
En resumen, el régimen de autónomo se adapta perfectamente a quienes emprenden solos, a negocios de escala reducida o a actividades con poco riesgo. En contraste, la Sociedad Limitada ofrece una estructura más sólida para empresas con ambiciones de expansión, que requieren capital y que priorizan la protección del patrimonio. No obstante, una gran mayoría empieza como autónomos y posteriormente pasan a constituir una sociedad limitada (SL) a medida que su negocio crece y se consolida.
Finalmente, la decisión entre ser autónomo o crear una empresa es personal, y dependerá de las necesidades propias del negocio, del riesgo que se quiera asumir, y de las metas y objetivos que se tengan a largo plazo. Si estás indeciso, estaremos encantados de ayudarte. Puedes contactar con nuestra asesoría para que estudien tu caso en particular y puedas decidir con conocimiento.
