¿ Se puede trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo?.
La respuesta, es si. Si, se puede trabajar y cobrar el paro al mismom tiempo. El Paro es una prestación contributiva concedida por el Servicio de Empleo Estatal (SEPE) y nace con la idea de proteger a la persona en situación de desempleo. Pero dicha prestación esta sujeta a unos requisitos y periodos de cotización. Los requisitos pra cobrar el paro:
- Estar afiliado a la Seguridad Social (en alta).
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Buscar activamente empleo.
- Estar predispuesto a aceptar una colocación adecuada o suscribir el compromiso de actividad.
- Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo
Sin embargo, lo que mucha gente no sabe es que se puede trabajar y cobrar el paro simultaneamente así lo explican en la misma web del SEPE y es en el siguiente supuesto:
SUPUESTO para trabajar y cobrar el paro
Se puede trabajar y cobrar el paro cuando se trabaja a tiempo parcial.
REQUISITOS para trabajar y cobrar el paro
Si estás cobrando prestación contributiva y empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puedes elegir entre interrumpir el cobro de la prestación, mientras esté vigente el contrato, o compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación contributiva.
- Si interrumpiste la prestación y el contrato dura menos de 360 días, cuando este finalice, puedes solicitar la reanudación de la prestación que tienes interrumpida.
- Si el contrato dura 360 días o más, cuando finalice, puedes solicitar una nueva prestación con estas cotizaciones u optar por reanudar la prestación que interrumpiste al empezar a trabajar. Si optas por reanudar, las cotizaciones que hubieran servido para generar la nueva prestación (que no has elegido), no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior.
DURACION Y CUANTÍA para trabajar y cobrar el paro
- Si compatibilizas la prestación con el trabajo a tiempo parcial, la duración de la prestación no cambia. Sin embargo, el importe de la prestación será menor, se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que realices. Si la prestación no está agotada al terminar el contrato y solicitas su reanudación, volverás a percibir la cantidad íntegra que te corresponda.
- El pago de la prestación y subsidio por desempleo se realizará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.
CUÁNDO, DONDE, Y CÓMO TRAMITARLO
Si has conseguido una colocación a tiempo parcial, en el momento en que sepas que va a producirse, comunícala en:
- La Sede Electrónica del SEPE si dispone de certificado digital o DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.
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- Tal y como se detalla en la «Guía de uso de solicitud prestación» bajo el epígrafe «solicita tu prestación» se encuentran las distintas opciones, entre las que figura compatibilidad con trabajo por cuenta ajena y compatibilidad con trabajo por cuenta propia.
- De igual modo, figura entre las opciones de solicitud en el caso de subsidio por desempleo, la compatibilidad con trabajo por cuenta ajena.
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- El servicio de atención telefónica a la ciudadanía, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
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- Solo se podrá solicitar la compatibilidad por teléfono si percibes prestación contributiva y solo tienes un contrato a tiempo parcial.
- Debes indicar el nombre de la empresa en la que te has colocado y la fecha de inicio del contrato.
- Si la jornada del contrato a tiempo parcial sufriera variaciones deberás comunicarlo a la oficina de prestaciones, previa petición de cita, con el fin de regularizar la prestación.
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- La oficina de empleo, pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal o en el teléfono de cita previa.
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